DERECHO A LA DEFENSA

Recursos: Contra las sanciones disciplinarias procederán los siguientes recursos.

  1. El de reposición, ante la misma instancia  que tomó la decisión para que la aclare, modifique o revoque.
  2. El de apelación, ante el inmediato superior administrativo, con el mismo propósito.

Requisitos: Los recursos deberán reunir los siguientes requisitos:

  1. Interponerse dentro de los cinco (5 ) días siguientes al conocimiento de la decisión, personal y por escrito, por el alumno o su representante o acudiente; y sustentarse con expresión concreta de los motivos de inconformidad.
  2. Acreditar el pago o el cumplimiento de lo que el recurrente reconoce deber.
  3. Relacionar las pruebas que se pretende hacer valer
  4. Indicar el nombre, grado y teléfono del recurrente.

 

Interposición de recursos: Los recursos son procedentes dependiendo de las circunstancias  y la decisión tomada así:

  1. Contra la amonestación. Llamado de atención o anotación del diario biográfico del alumno, no procede recurso alguno.
  2. Contra la privación de actividades escolares y extraescolares procede el recurso de reposición.
  3. Contra suspensión, cancelación de matrícula, negación de cupo o exclusión del establecimiento hasta por 3 años, procede también el recurso de apelación ante el consejo directivo.

 

PARÁGRAFO 1.    En todo los casos, los recursos deben concederse en el efecto suspensivo es decir no podrá aplicarse la sanción hasta tanto no se resuelva el recurso interpuesto.

En lo referente al manejo del conflicto  entre padres de familia- docentes- padres de familia- directivos- padres de familia- personal administrativo siempre se debe velar por la armonía, el buen uso de los canales de comunicación, el respeto, el dialogo, la negociación, la concertación y se debe seguir el siguiente conducto regular

  1. Dialogo inicial entre las partes
  2. si no hay un arreglo satisfactorio se acudirá a la coordinación
  3. rectoría
  4. consejo directivo
  5. núcleo educativo
  6. secretaria de educación o la oficina que haga sus veces

Si el conflicto no es de la comunidad educativa se debe acudir a las instituciones del Estado: personería, centro de arbitraje y conciliación, defensoría, fiscalía, procuraduría, comisaría de familia, bienestar familiar.

Institución Educativa José Celestino Mutis

Es una institución de carácter oficial con principios cristianos, ofrece sus servicios en dos jornadas académicas desde el nivel Preescolar, Básica Primaria, Básica Secundaria y Media.

Entradas recientes

Apartado - Antioquia