Las relaciones humanas de calidad, transparentes, confiables y gratificantes conforman el medio más adecuado para la construcción y desarrollo de la identidad y la gestión de los proyectos de vida. Sabiendo que los “pares” son los mejores formadores “de los pares” la cualificación de las acciones intersubjetivas de estos, median entre iguales los procesos de mayor impacto en la formación humana.
El enfoque de formación integral humana tiene en el tipo de relaciones que se establecen entre las personas, la fuente para el fortalecimiento de los vínculos entre sujetos, la captación de los talentos individuales, la apreciación de los servicios y apoyos oportunos a la gestión del proyecto educativo institucional y el incentivo cualificador del desarrollo humano. Los servicios que complementan la oferta educativa enriquecen la gestión organizativa y posibilitan otros ámbitos de encuentro e interacción. En consistencia con el modelo coeducativo-personalizante la gestión de la convivencia se orienta por procesos de toma de conciencia a través de la reflexión crítica, contextualizada y problematizadora de los conflictos y las tensiones surgidas en la convivencia cotidiana de quienes conforman la comunidad educativa; por procesos de valoración dialógica, ética y dilemática del conflicto, las cegueras y los errores en la convivencia, con el propósito de proteger las víctimas, inquirir al agresor, identificar remedios, ofrecer disculpas, reparar el daño ocasionado y restaurarla armonía. Además, si por la naturaleza misma de la praxis formativa y la convivencia, son muchos los actores que intervienen, en distintos momentos y, grados de responsabilidad, solo una persona es la determinada por la ley para disciplinar: juzgar, tipificar y decidir sobre la gravedad de la falta y el tipo de correctivo correspondiente: la Rectora. Las otras instancias del gobierno escolar ejercerán las funciones relacionadas con la convivencia escolar en atención a lo estipulado en la normatividad vigente, como órganos de consulta, asesoría, acompañamiento, seguimiento y corrección; siempre de acuerdo con el debido proceso y, los atenuantes de edad, madurez mental, contexto familiar, tiempo, modo y gravedad de la falta, según lo determina la ley y el decreto reglamentario del sistema nacional de convivencia escolar.