DERECHOS DE LOS EDUCADORES
- Ser tratado con respeto, dignidad y decoro por todos los miembros de la comunidad educativa
- Ser evaluado con objetividad e imparcialidad
- Conocer los resultados de su evaluación de desempeño
- Ser estimulado por su buen desempeño
- Disfrutar de un ambiente agradable y de sana convivencia
- Todos los demás contemplados en la Ley General de educación y sus decretos reglamentarios, la constitución Nacional, la Ley 734 del 2002, Ley 715 del 2001 y el nuevo estatuto de profesionalización docente y el presente manual de convivencia
5.5.11 DEBERES DE LOS DOCENTES
Todos los derechos de los estudiantes y de los padres de familia se convierten en deberes de los docentes y directivos docentes además de los contemplados en el decreto nacional 734 -2002
- Cumplir la constitución y las leyes de Colombia.
- Promover valores de convivencia y conciliación en su entorno y contexto
- Buscar alternativas de solución a los conflictos mediante el dialogo y la conciliación, utilizando los mecanismos y herramientas propias de la institución
- Inculcar en los educandos el amor a los valores históricos y culturales de la nación y el respeto a los símbolos patrios.
- Desempeñar con solicitud y eficiencia las funciones de los cargo.
- Cumplir las órdenes inherentes a sus cargos que les impartan sus superiores jerárquicos.
- Dar un trato cortés a sus compañeros y a sus subordinados y compartir sus tareas con espíritu de solidaridad y unidad de propósitos.
- Cumplir la jornada laboral y dedicar la totalidad del tiempo reglamentario a las funciones propias de su cargo.
- Velar por la conservación de documentos, útiles, equipos, muebles y bienes que le sean confiados.
- Observar una conducta pública acorde con el decoro y la dignidad del cargo.
- Respetar sus alumnos a cargo, sin demostrar actitudes confianzudas
- Las demás que para el personal docente, determinen las leyes y los reglamentos ejecutivos.
- Para la entrada al colegio en días de no labores académicas solicitar permiso por escrito en la rectoría especificando el motivo
- Todos los demás contemplados en, la Ley General de educación y sus decretos reglamentarios, la constitución Nacional, la Ley 734 del 2002, Ley 715 del 2001 y el nuevo estatuto de profesionalización docente y el presente manual de convivencia
5.5.12 FUNCIONES DE LOS PROFESORES
- Participar en la elaboración del planteamiento y programación de actividades del área respectiva.
- Programar y organizar las actividades de enseñanza-aprendizaje de las asignaturas a su cargo, de acuerdo con los criterios establecidos en la programación a nivel del área.
- Dirigir y orientar las actividades de los alumnos para lograr el desarrollo de su personalidad y darles tratamiento y ejemplo formativo.
- Participar en la realización de las actividades complementarias.
- Controlar y evaluar la ejecución de las actividades del proceso de enseñanza-aprendizaje.
- Aplicar oportunamente en unión con el coordinador académico, las estrategias metodológicas a que de lugar el análisis de resultados de la evaluación.
- Presentar al coordinador académico informe del rendimiento de los alumnos a su cargo, al término de cada uno de los períodos de evaluación, certificando las calificaciones con su firma.
- Participar en la administración de alumnos conforme lo determine el manual de convivencia de la institución y presentar los casos especiales al coordinador, al director de grupo y/o a la consejería para su tratamiento.
- Presentar periódicamente informe al coordinador académico, sobre el desarrollo de las actividades propias de su cargo.
- Ejercer la dirección de grupo cuando le sea asignada.
- Participar en los comités en que sea requerido.
- Cumplir la jornada laboral y la asignación académica de acuerdo con las normas vigentes.
- Orientador y mediador en situaciones que atenten contra la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos, así como funciones en la detección temprana de estas mismas situaciones
- Cumplir los turnos de disciplina y de acompañamiento en los descansos pedagógicos que le sean asignados por la coordinación
- Para un excelente manejo del aspecto ecológico, estético y orden de la institución, el profesor que le corresponde la ultima hora de clase o actividad es responsable de vigilar, orientar el aseo y uso de enseres del aula
- Participar en los actos de comunidad y asistir a las reuniones convocadas por las directivas del plantel.
- Atender a los padres de familia, de acuerdo con el horario establecido en el plantel.
- Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo.
- Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo a la naturaleza del cargo.
- Devolver evaluaciones trabajos, cuadernos y otros en un plazo máximo de 8 días con las debidas recomendaciones sobre sus fortalezas y debilidades.
- El profesor encargado de la dirección de grupo, tendrá además las siguientes funciones:
- Participar en el planeamiento y programación de la administración de alumnos, teniendo en cuenta sus condiciones socio-económicas y características personales.
- Ejecutar el programa de inducción de los alumnos del grupo, confiados a su dirección.
- Ejecutar acciones de carácter formativo y hacer seguimiento de sus efectos en los estudiantes.
- Orientar a los alumnos en la toma de decisiones sobre su comportamiento y aprovechamiento académico, en coordinación con los servicios de bienestar.
- Promover el análisis de las situaciones conflictivas de los alumnos y lograr en coordinación con los conciliadores escolares, las soluciones más adecuadas.
- Establecer comunicación permanente con los profesores y padres de familia o acudientes, para coordinar la acción educativa.
- Diligenciar las fichas de registro, control y seguimiento de los alumnos del grupo a su cargo, en coordinación con los servicios de bienestar.
- Participar en los programas de bienestar para los estudiantes del grupo a su cargo.
- Rendir periódicamente informe de las actividades y programas realizados a los directivos del plantel.
5.5.13 FUNCIONES DE LOS PROFESORES ENCARGADOS DE LA DISCIPLINA
‘’La puntualidad es base de organización en el trabajo y elemento fundamental en la conducta del individuo’’.
- Si al docente encargado de la disciplina, le corresponde dictar la primera hora clase, debe asignarle al portero, recoger los Carnet de los estudiantes, para el profesor hacer la anotación correspondiente y devolverlos personalmente
- Vigilar los sitios, asignados durante los descansos
- Coordinar dos veces por semana la presentación personal de los alumnos; en acuerdo con los profesores de coordinación Masculina y Femenina.
- Velar permanentemente por la disciplina del colegio; haciéndose responsable de su buena marcha e informar a rectoría y coordinación sobre cualquier irregularidad que se presente.
- Colaborar con la organización de los grupos; en los actos cívicos, culturales, deportivos, religiosos que se hagan dentro y fuera de la institución conjuntamente con los directores de grupo.
Vigilar el ingreso de los estudiantes a los buses de transporte escolar