EXCLUSIÓN DE ESTUDIANTES

Se aplicará cuando se presenten las siguientes situaciones

  1. Cuando presente bajo rendimiento académico en un grado por  dos años consecutivos
  2. Cuando un alumno presenta reincidencia en las faltas disciplinarias graves y/o gravísimas contempladas en el manual de convivencia y después de ser aplicado el debido proceso sin mostrar cambio de actitud.
  3. Cuando presente comportamientos considerados como conductas dañinas e indeseables para el individuo o la sociedad, que ameriten la exclusión del estudiante de la institución
  4. Cuando el alumno deja de asistir a la institución sin causa justificada en un porcentaje del 25% de las faltas totales de acuerdo al 0230, el 18 60. y el 1290
  5. Cancelación de matrícula: La sanción máxima aplicada a un estudiante será el retiro de la institución hasta por dos años lectivos (Decreto Departamental 1423/93).

De ser necesario se pondrá en conocimiento de las autoridades competentes según el caso   (juzgado de menores, personería, fiscalía, I.C.B.F, comisaría de familia).

Institución Educativa José Celestino Mutis

Es una institución de carácter oficial con principios cristianos, ofrece sus servicios en dos jornadas académicas desde el nivel Preescolar, Básica Primaria, Básica Secundaria y Media.

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