El servicio social estudiantil obligatorio se constituye en un mecanismo formativo que permite el desarrollo del proceso educativo de los educandos, no sólo en el establecimiento educativo, sino también en el contexto familiar, en el ambiente y en la sociedad.
En consideración al carácter obligatorio del servicio social estudiantil que le otorga el artículo 97º. De la Ley 115 de 1994, para que se considere culminado el proceso formativo de los estudiantes de la educación media, se deberá atender de manera efectiva las actividades de educación media, se deberá atender de manera efectiva las actividades de los respectivos proyectos pedagógicos, cumplir con la intensidad horaria definida para ellos en el correspondiente proyecto educativo institucional y haber obtenido los logros determinados en el mismo.
Lo anterior es requisito indispensable para la obtención del título de bachiller, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11o. Del Decreto 1860 de 1994, en armonía con el artículo 88º. De la Ley 115 de 1994.
Objetivos del servicio social del estudiantado. Según el artículo 3 de la Resolución 4210 de 1996:
- Sensibilizar al educando frente a las necesidades, intereses, problemas y potencialidades de la comunidad, para que adquiera y desarrolle compromisos y actitudes con relación al mejoramiento de la misma.
- Contribuir al desarrollo de la solidaridad, la tolerancia, la cooperación, el Servicio a los demás y el compromiso con su entorno social.
- Promover acciones educativas orientadas a la construcción de un espíritu de servicio para el mejoramiento permanente de la comunidad y a la prevención integral de problemas socialmente relevantes.
- Promover la aplicación de conocimientos y habilidades logrados en áreas obligatorias y optativas definidas en el plan de estudios, que favorezcan el desarrollo social y cultural de las comunidades.
- Fomentar la práctica del trabajo y el aprovechamiento del tiempo libre, como derechos que permiten la dignificación de la persona y el mejoramiento de su nivel de vida.
Resolución N° 4210 del MEN (septiembre de 1996) establece las reglas generales para la organización y el funcionamiento del servicio social estudiantil obligatorio que deben ser tenidas en cuenta por los establecimientos educativos estatales y privados.
REGLAMENTO DEL SERVICIO SOCIAL EN LA I.E. JOSE CELESTINO MUTIS
- El estudiante debe informarse con el docente encargado en la institución sobre las alternativas para prestar el servicio social, que no deben ser de archivo, mensajería, portería o reemplazo de personal en empresas privadas o estatales
- Los estudiantes asistirán a la etapa de inducción programada para tener conocimiento de los programas que en el Municipio vinculan estudiantes para la prestación del servicio social: policía comunitaria, Idemu, Bienestar familiar, Transito, Juntas de acción comunal, Umata, restaurantes escolares, proyectos escolares, registraduría, secretaria de salud y bienestar social
- A partir del grado décimo el estudiante escogerá libremente el programa que le permita el cumplimiento de las horas reglamentadas
- Los estudiantes deben realizar como mínimo 80 horas de servicio social.
- El estudiante debe estar inscrito en el proyecto y acordar horarios y sitios para la práctica.
- Asistirá puntualmente el día y la hora acordados para el servicio social.
- Brindará un servicio oportuno y eficiente que proporcione bienestar a la comunidad.
- Diligenciar el formato del proyecto y hacerlo firmar por el coordinador o asesor del programa.
- Observar normas de convivencia y respeto con asesores, profesores, compañeros, niños y personas de la comunidad vinculadas a los programas.
- El tiempo escogido para la prestación del servicio es contrario a la jornada escolar
- El estudiante debe informar sobre las irregularidades presentadas en la práctica al docente encargado del proyecto
- Los estudiantes cuidarán su presentación personal y su vocabulario en el tiempo en que realicen su servicio.
LINEAS DE ACCIÓN (PROGRAMAS)
- Desarrollo de proyectos de Gestión ambiental, ornamentación y prevención de desastres.
- Organización y atención en sitios institucionales Biblioteca escolar.
- Grupo de apoyo actividades institucionales.
- Educación vial